BOLETIN 032. RATIFICACION DE CRITERIOS

Noticias, Publicaciones

 

10 de Marzo de 2011.

 

 

Estimados amigos:

P R E S E N T E.

 

 

Se comparte el oficio número 800-02-03-00-00-2010-015194, de fecha 24 de diciembre del 2010, el Licenciado Ricardo Koller Revueltas, Administrador Central de Regulación Aduanera, ratifica el criterio referente a la infracción señalada en la fracción VI del artículo 84 de la Ley Aduanera; es decir, se impondrá multa cuando el código de barras esté mal impreso o sin él; cuando se presente información distinta a la manifestada en el pedimento. Cuando se trate de alguna circunstancia distinta a las anteriores, no se tendrá por perfeccionada la infracción cometida. Dentro del BOLETIN #032-2011(02), se encontrará mayores detalles.

 

A efecto de que tengan presente y les sea de utilidad lo anterior, quedo a sus ordenes.

 

Atentamente

 

 

 

  LIC. FRANCISCO ALVAREZ GUZMAN

  GERENTE DE NORMATIVIDAD CORPORATIVA

ANEXO:BOLETIN #032-2011(02).pdf