Estimados Clientes y amigos:
P R E S E N T E.
El día 20 de mayo de 2011, la CAAAREM informó mediante circular G-0135/2011 que la Administración Central de Regulación Aduanera solicitó la adición de un artículo que establezca que lo dispuesto en la regla 1.9.15 de las RCGMCE para 2010 no será aplicable durante la vigencia de las mismas, referente a la liberación electrónica de las mercancías amparadas por los conocimientos de embarque que arriben vía marítima a territorio nacional.
Dentro del Anexo BOLETIN #069-2011(02) encontrarán mayores detalles.
A efecto de que tengan presente y les sea de utilidad lo anterior, quedo a sus órdenes.
Atentamente
LIC. FRANCISCO ALVAREZ GUZMAN
GERENTE DE NORMATIVIDAD CORPORATIVA
