BOLETIN 117-DECRETO QUE ABROGA LA TASA APLICABLE A PARTIR DEL 19 DE NOVIEMBRE DE 2006 DEL IGI PARA LAS MERCANCÍAS ORIGINARIAS DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA.

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01 de agosto de 2011.

 

Estimados Clientes y amigos:

P R E S E N T E.

 

El día  de  hoy, la Secretaría de Economía  publicó a través del Diario Oficial de la Federación el:

 

DECRETO que abroga el diverso por el que se establece la Tasa Aplicable a partir del 19 de noviembre de 2006 del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias de la República de Colombia.

 

Dentro del  Anexo BOLETIN #117-2011(02) encontrarán mayores detalles, de la manera en la que deberá efectuarse dicho procedimiento.

 

 

A efecto de que tengan presente y les sea de utilidad lo anterior, quedo a sus órdenes.

 

 

 

 

Atentamente

 

  LIC. FRANCISCO ALVAREZ GUZMAN

  GERENTE DE NORMATIVIDAD CORPORATIVA

 

Anexo:  BOLETIN 117-2011(2).doc